los principios generales por los que el sistema de
servicios sociales ha de regirse son los siguientes:
responsabilidad de los
poderes públicos, solidaridad, igualdad, universalidad, prevención,
integración, normalización, participación ciudadana, planificación,
coordinación, cooperación y descentralización.
REQUISITOS:
1.-Los servicios
y centros de servicios sociales deberán cumplir, cualquiera que fuese su
tipología y titularidad, los requisitos materiales y funcionales que se
establezcan reglamentariamente para cada tipo de servicio o centro.
2.– Los
requisitos materiales y funcionales, destinados a garantizar el respeto a los
derechos de las personas usuarias y la calidad de la atención, atenderán
primordialmente a los siguientes aspectos:
- a) Condiciones físicas y arquitectónicas: ubicación, construcción y diseño.
- b) Instalaciones y equipamiento.
- c) Condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad.
- d) Reglamento de régimen interior que incluya en su articulado pautas organizativas y directrices de atención destinadas a garantizar el respeto de los derechos de las personas usuarias.
- e) Derechos y obligaciones de las personas usuarias, en razón de la tipología del servicio o centro, y pautas organizativas destinadas a garantizar su aplicación, con especial atención a los sistemas de participación y al régimen de reclamaciones.
- f) Requisitos cuantitativos y cualitativos de personal.
- g) Libro de registro de las personas atendidas.
- h) Régimen contable y régimen de precios.